Las restricciones en Santa Fe por covid ponen fin a las actividades culturales y limitan el horario de circulación y de atención en negocios. También se suspenderán actividades deportivas.
El gobernador Omar Perotti adhirió al Decreto de Necsidad y Urgencia (DNU) del Ejecutivo nacional en el marco de la modalidad de convivencia en pandemia por Covid 19 y habrá mayores restricciones.
“La situación sanitaria actual es la que nos lleva a reducir la circulación, evitar aglomeraciones y tener un control más estricto en el cumplimiento de los protocolos”, sostuvo el mandatario.
«Estas medidas tomarán a la provincia como un espacio único en este momento de la situación epidemiológica para tener un mensaje claro de solidaridad, de compromiso común de todos los santafesinos y porque los lugares que reciben las derivaciones del interior tienen un porcentaje alto de camas ocupadas», agregó.
Restricciones por covid en Santa Fe
Se informó la prohibición de la circulación vehicular entre las 20 y las seis 6 del día siguiente, todos los días de la semana, en todo el territorio provincial hasta el 21 de mayo, inclusive.
Los comercios podrán atender al público hasta las 19 y los locales de venta de alimentos hasta las 20.
En cuanto a la actividad en restaurantes y bares, el gobernador expresó que estos deberán cerrar a las 23, no permitiéndose la entrada de comenzales luego de las 22. A excepción de los «departamentos Rosario y San Lorenzo, en los que el límite serán las 19 y la limitación al ingreso de personas a los locales para su permanencia regirá a partir de las 18 hasta el 7 de mayo«.
Asimismo, el mandatario provincial aclaró que los intendentes y presidentes comunales tienen la «facultad para actuar de acuerdo a sus necesidades», adecuando las medidas en cada caso.
“Cuidar la salud en cada lugar de la provincia es fundamental, eso nos evita tener que trasladar y ocupar camas, que podemos llegar a no tener, si no implementamos estas acciones. Si tenemos menos circulación, lo que tenemos es menos contagios”, expresó Perotti.
Actividades que se suspenden
Quedan suspendidas en todo el territorio provincial:
1) Competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur no habilitadas por las autoridades nacionales. Incluidas las competencias automovilísticas y motociclísticas.
2) La actividad hípica en hipódromos.
3) Cines, teatros, centros culturales, salas y complejos cinematográficos y otros establecimientos afines, salvo que funcionen al aire libre.
4) El funcionamiento de cines, bares, restaurantes, patios de comidas y espacios de juegos infantiles ubicados en centros comerciales, paseos comerciales y shoppings.
Quedan habilitados para funcionar los bares y restaurantes que tuvieran ingresos y egresos exteriores independientes.
5) La realización de eventos culturales y recreativos al aire libre o en teatros, centros culturales u otros lugares cerrados.
6) La actividad de artistas en los bares y restaurantes.
7) La actividad artística y artesanal a cielo abierto, en plazas, parques y paseos.
No quedan alcanzadas por la suspensión las ferias francas de comercialización de productos alimenticios.
PRÓRROGA DE SUSPENSIONES
- Actividades y reuniones sociales en domicilios particulares.
- La práctica recreativa de deportes en lugares cerrados donde participen más de 10 personas o que no permita el distanciamiento mínimo de dos metros entre personas.
- Actividades de casinos, bingos, discotecas y salones de fiestas.
- La actividad del comercio mayorista y comercio minorista de venta de mercaderías, con atención al público en los locales, no podrá extenderse más allá de las 19 y de las 20 los que comercialicen productos alimenticios.
- Entre las 20 y las 24 no se podrá concurrir a realizar actividades habilitadas utilizando vehículos particulares. Deberá utilizarse el transporte público, o el servicio de taxis y remises. Se insta a la población a desplazarse caminando a lugares cercanos a sus domicilios.
Suspensión de clases en los departamentos Rosario y San Lorenzo
Se suspende hasta el 7 de mayo, inclusive, el dictado de clases presenciales. La medida alcanza a los establecimientos educativos de gestión oficial y privada de todos los niveles, incluyendo los dependientes del Ministerio de Cultura.
Queda exceptuada de la suspensión, la escolaridad de estudiantes de la modalidad de educación especial.
Permisos para circular
El permiso para la circulación vehicular en la vía pública, será la estrictamente necesaria para realizar actividades definidas como esenciales, entre las 20 y las 06 todos los días de la semana.