Detalle con los requisitos, pasos fronterizos y recomendaciones para viajar a Chile desde Argentina en auto.
Automóviles, bicicletas, motocicletas y camiones son medios de transporte que, para su ingreso o salida del país, deben ser controlados por Aduanas, como en el caso de cualquier otra mercancía o producto. Para evitar contratiempos durante el viaje, es preciso conocer qué documentos podrían solicitarse en los controles, tanto del vehículo, como sus ocupantes y equipajes.
¿Qué se necesita para viajar a Chile desde Argentina?
Se puede viajar a Chile en auto particular con placa patente extranjera por un máximo de 90 días, pero el plazo es más extenso en caso de que se provenga de Argentina o Bolivia.
Una vez en el control aduanero se le pedirá al viajero completar el Formulario Único de Ingreso y Salida de Vehículos que está disponible en el respectivo Paso Fronterizo.
¿Cuánto tiempo puede estar un auto argentino en Chile?
Tanto vehículos provenientes de Argentina o de Bolivia disponen de un plazo de permanencia en el país de 180 días. En estos casos,
Este también puedes tramitarse de manera anticipada y online en los siguientes links:
Seguro de accidentes personales para vehículos con matrícula extranjera
Todo vehículo con matrícula extranjera que ingrese al país tiene por obligación presentar en el control aduanero un seguro de accidentes personales, que se puede contratar previamente con una de las siguientes compañías aseguradoras chilenas.
Podría resultarte útil:
- Recomendaciones a la hora de cruzar la frontera hacia Argentina
- Requisitos para el ingreso de personas a Chile
- Requisitos para ingresar a Chile con mascotas
Equipaje viajero
Todas las personas que ingresan a Chile en calidad de viajero, ya sea por vía aérea, marítima o terrestre, tienen derecho al uso de la Franquicia Viajeros. Sin embargo, hay muchos artículos y productos que requieren el pago de impuestos, documentos o permisos especiales para poder entrar al país.
¿Cuánto se puede ingresar sin pagar en la Aduana Chile?
Al ingreso al país se solicitará que el turista complete la Declaración SAG ADUANA, donde se tendrán que declarar los productos o sumas de dinero no contemplados en la franquicia del viajero (descargar el formulario aquí).
Si en el equipaje se llevan artículos de uso personal, ya sean nuevos o usados, y además de otras mercancías que por su cantidad no se consideren de carácter comercial (se asume que son para consumo o uso personal y no para ser vendidas), entonces no deben declararse esos productos ni pagar impuestos.
Además, se pueden pasar compras realizadas en Duty Free por US$ 500 por pasajero.
Se comprenderá en el concepto de equipaje:
a) Una cámara de video portátil, no del tipo profesional, y sus accesorios
b) Dos teléfonos móviles
c) Una cámara fotográfica portátil, y sus accesorios correspondientes
d) Un aparato portátil para la grabación o reproducción del sonido, imagen o mixto, junto a su respectivo juego de audífonos portátiles y sus accesorios
e) Un computador portátil y/o tablet de uso personal
f) Artículos deportivos de uso personal. Quedan excluidas de esta categoría las bicicletas de cualquier tipo y modelo, nuevas o usadas, que porte el viajero, por cuanto se encuentran clasificadas como vehículos
g) Medicamentos, en cantidades conforme a la respectiva receta médica, siempre que sean para su uso personal o de familiares directos. En el caso de medicamentos de libre expendio, deberán venir en cantidades necesarias sólo para uso personal del viajero
h) Obsequios hasta un monto de US$ 300 FOB, o su equivalente en otras monedas, por cada viajero mayor de 14 años. Este monto no será acumulable con el que le corresponde a otros viajeros por esta misma letra
i) Libros y folletos que se editen en rústica y en encuadernación común, así como los diarios, impresos, revistas y composiciones musicales impresas, siempre que no se trate de ediciones de lujo
j) Todos aquellos artículos de uso personal nuevos o usados, no enunciados precedentemente y que sean necesarios para el viaje
Salida e ingreso de dinero al país
Si se ingresa o sale del país con dinero en efectivo o instrumentos negociables al portador que excedan los 10.000 dólares o su equivalente en otras monedas, incluido el peso chileno, debe declararse en las aduanas.